Significado de PENA CAPITAL Según La Biblia | Concepto y Definición

PENA CAPITAL Significado Bíblico

¿Qué Es PENA CAPITAL En La Biblia?

La pena capital o pena de muerte se refiere a la ejecución por parte del estado de aquellos que son culpables de ciertos crímenes. Aunque algunos se han opuesto a la pena capital por razones ideológicas y prácticas, es importante observar que Dios ordenó su utilización. Este mandato divino aparece por primera vez inmediatamente después del diluvio en tiempos de Noé. Dios instruyó a Noé y a sus hijos diciendo: “El que derramare sangre de hombre, por el hombre su sangre será derramada” (Gén 9:6). Los seres humanos son creados a imagen de Dios (Gén 9:6), y en consecuencia toda vida humana es sagrada, lo cual justifica la severa pena de muerte por asesinato.
La pena capital está reservada para el estado y no para los individuos. No hay lugar para la venganza personal en la aplicación de este castigo (Rom 12:19). Como siervo civil de Dios en la tierra, el estado tiene la responsabilidad de proteger a sus ciudadanos y castigar a aquellos que los dañan (Rom 13:4; Rom 13:6). La pena capital provee al estado el medio para aplicar el castigo apropiado por el asesinato (Deu 19:21).
Dios instituyó la pena capital como una opción punitiva legítima para todo estado. Su institución es anterior al nacimiento de Israel como nación y a las instrucciones divinamente inspiradas que dio Moisés en cuanto a su implementación, lo cual elimina la posibilidad de que haya sido ordenada únicamente para Israel. Dios dio instrucciones sobre la pena capital a las únicas personas que sobrevivieron en la tierra (Gén 7:20-24). Estas instrucciones proveyeron el fundamento para todos los gobiernos subsiguientes.
La pena capital continúa siendo un instrumento válido para la administración de justicia por parte del estado. Pablo afirma que la autoridad gubernamental “no en vano lleva la espada (machaira)” (Rom 13:4). El apóstol está expresando el principio general de que el estado tiene derecho de castigar a los que quebrantan sus leyes. De manera más específica, puesto que la machaira (espada) describe típicamente a un instrumento de muerte en el NT, y especialmente en Romanos (comp. Rom 8:35-36), es evidente que la autoridad del estado en cuanto a la administración de justicia incluye la pena capital.
El estado posee este poder de muerte para castigar el mal (Rom 13:4; 1Pe 2:13-14); no obstante, solo aquellos actos que Dios identifica como mal justifican el uso de la pena capital (Isa 5:20). Un estado que la utiliza para otros propósitos abusa de su poder y viola los parámetros establecidos por Dios para su utilización. Un ejemplo de dicho abuso de poder es la matanza de millones de judíos por parte de la Alemania nazi.
Mediante el uso apropiado de la pena capital, el estado no está violando el sexto mandamiento (“No matarás”, Éxo 20:13). La palabra hebrea ratsach, que en algunas traducciones aparece como “matar”, se refiere al acto de asesinato y homicidio. Una palabra diferente, harag, que a menudo se traduce “matar”, aparece más comúnmente en el AT. Más que violar el sexto mandamiento por medio de la pena capital, en realidad el estado lo está respaldando al ejecutar a aquellos que asesinan.
A fin de asegurar la justa administración de la justicia, Dios estableció para Israel importantes instrucciones que todo estado sería sabio en adoptar, especialmente en un tema tan serio como la pena capital:
1. La persona acusada tiene que haber cometido un crimen para el cual el castigo apropiado sea la muerte. Dios declara: “vida por vida, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie” (Deu 19:21).
2. Una clara evidencia de la culpa debe ser provista por dos o más testigos. Un testigo no era suficiente para justificar la pena capital (Núm 35:30; Deu 17:6). Sabiendo que personas inescrupulosas podían utilizar la pena de muerte con propósitos malvados, Dios requiere testigos múltiples del crimen.
3. Los que son culpados de crímenes deben ser tratados de manera uniforme e imparcial, cualquiera sea la condición (Deu 1:17) o clase (Lev 19:15) del ofensor. Toda sociedad que favorece a algunos y discrimina a otros a causa de su clase o condición, o que en forma intencional o por negligencia priva a algunos de la defensa apropiada, disminuye su integridad y crea serias dudas en cuanto a la administración de justicia (Lev 24:22).
Algunos observan el incidente de la mujer descubierta en el acto de adulterio como una evidencia de que Jesús se oponía a la pena capital (Jua 8:1-11). No obstante, la reacción de Jesús no estaba dirigida hacia el castigo prescrito sino, más bien, hacia aquellos que procuraban tenderle una trampa como partícipe de un acto ilegítimo (Jua 8:6). En primer lugar, los escribas y los fariseos no constituían un cuerpo gubernamental oficial. Sus esfuerzos representaban un intento ilegítimo por ejercer el poder del estado. Segundo, no hay ninguna indicación de que hubiese una acusación formal ni declaración oficial de culpabilidad. Tercero, no existe ninguna evidencia de que hubiera testigos. Se necesitaban por lo menos dos para demostrar los casos castigados con pena capital y, en algunas instancias, ellos tenían que arrojar las primeras piedras (Deu 17:6-7).
Jesús no señaló la falta de estas cosas. En su lugar, utilizó el incidente para poner en evidencia la hipocresía de escribas y fariseos, y pidió que el que estuviera sin pecado arrojara la primera piedra (Jua 8:7). Solo una persona sin pecado podía reclamar la autoridad moral para ejecutar a esta mujer por un delito sin el debido procesamiento. Sabiendo que su situación era legalmente indefendible y que no estaban exentos de pecado, los escribas y los fariseos se echaron atrás (Jua 8:9). Obviamente, las palabras de Jesús estaban dirigidas a ellos, no al tema de la pena capital.
Aunque la pena de muerte continúa siendo una opción legítima para el estado, debe ser aplicada bajo las más estrictas condiciones. El estado que decide ejercer el poder de la vida y la muerte sobre sus ciudadanos, debe estar seguro de que se ha hecho todo lo necesario para asegurar que se está castigando a la persona correcta, que el castigo es apropiado para el crimen, y que la persona, cualquiera sea su clase o condición, ha tenido una defensa adecuada.
Las ofensas que requerían la pena capital en Israel eran:
(1) homicidio intencional (Éxo 21:12-13; Lev 24:17; Núm 35:16-21; Núm 35:29-34);
(2) falso testimonio en casos de pena capital (Deu 19:16-21);
(3) idolatría (Lev 20:1-5; Deu 13:6-11; Deu 17:2-7), incluyendo los sacrificios humanos (Lev 20:2) y de animales (Éxo 22:20);
(4) blasfemia (Lev 24:14-16; Lev 24:23; 1Re 21:13; Mat 26:65-66);
(5) hechicería y declaraciones falsas de profecía (Éxo 22:18; Lev 20:27; Deu 13:1-5; Deu 18:20; 1Sa 28:3; 1Sa 28:9);
(6) profanación del día de reposo (Éxo 31:14; Éxo 35:2; Núm 15:32-36);
(7) violación (Deu 22:23-27);
(8) adulterio (Lev 20:10-12; Deu 22:22);
(9) relaciones sexuales fuera del matrimonio:
(a) antes del matrimonio (Deu 22:20-21), solo la mujer tenía que ser ejecutada;
(b) relaciones sexuales con personas comprometidas para casarse (Deu 22:23-24), ambos debían ser ejecutados;
(c) de una hija de un sacerdote (Lev 21:9);
(10) actos de incesto, homosexualidad y bestialismo (Éxo 22:19; Lev 20:11-17);
(11) secuestro (Éxo 21:16; Deu 24:7);
(12) maldecir o golpear a los padres (Éxo 21:15; Éxo 21:17;
(13) ser incorregible (Deu 21:18-20; Eze 18:1-18);
(14) negarse a obedecer a la corte judicial (Deu 17:12).
Puesto que Dios deseaba que Su pueblo del pacto se adecuara a un patrón espiritual elevado, Él especificó la aplicación de la pena capital para los actos mencionados anteriormente. Dios no ha especificado que estos actos estén sujetos a la misma pena en otras sociedades, ya que ninguna otra nación ha tenido esta misma relación con Él. No obstante, debido a que Dios ordenó la pena capital antes del establecimiento de Israel, lo mínimo que se puede requerir de otras sociedades es una respuesta legítima ante el asesinato.
Formas de pena capital que se estipulan o se mencionan: el método común era apedrear a la persona (Éxo 19:13; Lev 20:27; Deu 22:24; Jos 7:25); la incineración (Lev 20:14; Lev 21:9); la espada (Éxo 32:27; Deu 13:15); la lanza (Núm 25:7-8); asaetear (Éxo 19:13); cortar la cabeza (2Sa 16:9; 2Re 6:31-32), y crucificar, solo mediante decreto romano y llevado a cabo por soldados romanos (Mat 27:22-26; Mat 27:33-50; Mar 15:15-32; Luc 23:13-33; Jua 18:28-40; Jua 19:1-30). A las autoridades judías bajo el gobierno romano normalmente no se les permitía ejecutar a nadie (Jua 18:31).

Barrett Duke (h)