Números 30 - Biblia Castilian 2003Ley de los votos1. Habló Moisés a los israelitas conforme a todo lo que Yahveh le hab a ordenado. 2. Habló Moisés a los jefes de las tribus de los israelitas, diciéndoles: "Esto es lo que ha mandado Yahveh: 3. si un hombre hace voto a Yahveh, o mediante juramento se impone a s mismo una obligación, no violará su palabra; deberá cumplir todo lo que haya prometido. 4. Si una mujer, en su juventud, mientras vive todav a en casa de su padre, hace un voto a Yahveh o se impone a s misma una obligación: 5. si su padre, al conocer el voto o la obligación con que ella se ha ligado, no objeta nada, todos sus votos son válidos y son asimismo válidas todas las obligaciones que se impuso. 6. Pero si su padre, al enterarse, el d a mismo en que lo sabe los desaprueba, serán nulos todos los votos y obligaciones que ella se impuso y Yahveh la eximirá de ellos, porque su padre los desaprobó. 7. Si cuando se casa está ligada por algún voto u obligada por una palabra que salió por inadvertencia de su boca, 8. y su marido, al enterarse, el d a mismo en que lo supo no objetó nada, sus votos serán válidos, y serán asimismo válidas las obligaciones que se impuso. 9. Pero si el marido, el d a en que se enteró de ellos, los desaprueba, entonces él anula el voto que ella hizo y la obligación contra da con la palabra que salió irreflexivamente de su boca. Yahveh la eximirá de ellos. 10. El voto de una viuda o repudiada, y todo compromiso con que ella se haya ligado, son válidos. 11. Si una mujer ha hecho un voto en casa de su marido, o se ha ligado con una obligación bajo juramento, 12. y su marido, al saberlo, no objetó nada ni lo desaprobó, todos sus votos serán válidos, y es válida asimismo la obligación contra da. 13. Pero si su marido, el d a en que se entera, lo anula, nada de cuanto salió de sus labios, votos u obligaciones, será válido; su marido los anuló y Yahveh la eximirá de ellos. 14. El marido puede anular o ratificar todos los votos y juramentos con que ella se obliga a hacer penitencia. 15. Pero si su marido no objeta nada durante dos d as, ratifica todos los votos y obligaciones que pesan sobre ella; los ha convalidado con su silencio el d a en que se enteró de ellos. 16. Si después de algún tiempo de haberse enterado los invalida, llevará sobre s el peso de la falta de su mujer". |