28.6 C
Miami
viernes, julio 19, 2024
Más


    Levítico 13 - Nacar-Colunga

    Leyes acerca de la lepra

    1. Yahvé habló a Moisés y a Aarón, diciendo:

    2. “Cuando tenga uno en la piel de su carne un tumor, sarpullido o mancha blanca que se presente en su piel como la plaga de la lepra, será llevado a Aarón, sacerdote, o a uno de sus hijos, sacerdotes.

    3. El sacerdote examinará la plaga de la piel de la carne, y si viere que los pelos de la llaga se han vuelto blancos y que la parte afectada está más hundida que el resto de la piel, es plaga de lepra; y el sacerdote que le haya examinado le declarará impuro."

    4. Si tiene sobre la piel de su carne una mancha blanca que no aparece más hundida que el resto de la piel, y el pelo no se ha vuelto blanco, el sacerdote le recluirá durante siete días.

    5. El día séptimo le examinará; y si el mal no parece haber cundido ni haberse extendido sobre la piel, le recluirá por segunda vez otros siete días,"

    6. y al séptimo día lo examinará nuevamente; si la parte enferma se ha puesto menos brillante y la mancha no se ha extendido sobre la piel, el sacerdote le declarará puro; es una erupción. Lavará sus vestiduras y será puro."

    7. Pero si, después de haber sido examinado por el sacerdote y declarado puro, la mancha se extendiere, será llevado a él nuevamente para que le vea;"

    8. y si la mancha brillante ha crecido en la piel, le declarará inmundo, que es lepra.

    9. Si uno tuviera la plaga de la lepra, será llevado al sacerdote,

    10. que le examinará; y si viere éste en la piel un tumor blanco y que se han vuelto blancos los pelos, y en el tumor se nota la carne viva,"

    11. será juzgada lepra inveterada en la piel de su carne; y el sacerdote le declarará impuro; no le recluirá, pues es impuro."

    12. Pero, si la lepra se ha extendido hasta llegar a cubrir toda la piel del enfermo desde la cabeza hasta los pies, en cuanto a la vista del sacerdote aparece, le examinará;"

    13. y si, en efecto, cubre todo su cuerpo, declarará puro al enfermo; pues se ha puesto todo blanco, será puro."

    14. Si en el así afectado aparece la carne viva, será impuro,

    15. y el sacerdote, al ver la carne viva, le declarará impuro, pues la carne viva es impura, es lepra.

    16. Si la carne viva se pone otra vez blanca, se presentará el enfermo al sacerdote,

    17. que le examinará; y si la llaga se ha puesto en verdad blanca, el sacerdote le declarará puro; es puro."

    18. Cuando uno tenga en su cuerpo, sobre su piel, una úlcera cicatrizada,

    19. y apareciere en ella una escamosidad blanca o rojiza, se presentará al sacerdote,

    20. quien le examinará. Si la mancha está más hundida que el resto de la piel, y el pelo se ha vuelto blanco, le declarará impuro, es lepra que se ha presentado en la úlcera cicatrizada.

    21. Si el color de los pelos no se ha vuelto blanco y la escamosidad rojiza no está más hundida que el resto de la piel, le recluirá por siete días;"

    22. y si se ha extendido, le declarará impuro; es lepra;"

    23. pero, si está como estaba, sin extenderse la mancha, es la cicatriz de la úlcera, y el sacerdote le declarará puro.

    24. Si uno tiene en su cuerpo, en la piel, una quemadura producida por el fuego, y sobre la señal de la quemadura aparece una mancha blanca o de color rojizo,

    25. el sacerdote le examinará. Si el pelo se ha vuelto blanco en la mancha y ésta aparece más hundida que el resto de la piel, es lepra que ha brotado en la quemadura; el sacerdote le declarará impuro."

    26. Pero, si el sacerdote ve que el pelo de la mancha no se ha vuelto blanco y que ésta no aparece más hundida que el resto de la piel, y fuere de un color suboscuro, le recluirá durante siete días, y después,

    27. al séptimo, le examinará. Si la mancha se ha extendido sobre la piel, el sacerdote le declarará impuro; es lepra."

    28. Si está como estaba, sin extenderse sobre la piel, y es de color pálido, es la quemadura, y le declarará puro, pues es la cicatriz de la quemadura.

    29. Si un hombre o una mujer tuviera una llaga en la cabeza o en la barba,

    30. el sacerdote le examinará. Si está más hundida que el resto de la piel, y el pelo se ha vuelto rojizo y más ralo, el sacerdote le declarará impuro; es tina, lepra de la cabeza o de la barba."

    31. Pero si la llaga no se ha extendido ni está más hundida que el resto de la piel, y el pelo no está rojizo, recluirá al afectado por siete días,

    32. y al séptimo examinará la llaga. Si ésta no se ha extendido y el pelo no ha mudado el color ni está la llaga más hundida que la piel,

    33. le hará que se afeite fuera de la parte afectada y le recluirá por siete días,

    34. y al séptimo examinará la llaga; si no se ha extendido ni está más hundida que la piel, le declarará puro; el hombre lavará sus vestiduras y será puro."

    35. Pero si, después de declarado puro, la llaga se extendiere sobre la piel,

    36. le examinará el sacerdote; y si, en efecto, se ha extendido, no hay que mirar si el pelo se ha hecho rojizo; es impuro."

    37. Mas, si la llaga no se ha extendido y el pelo está negro, la llaga está curada, es puro, y puro le declarará el sacerdote.

    38. Si cualquier hombre o mujer tiene en su piel manchas blancas,

    39. el sacerdote le examinará. Si las manchas son de color suboscuro, es empeine que le ha salido a la piel; es puro."

    40. Si a uno se le caen los pelos de la cabeza y se queda calvo, es calvicie de atrás; es puro”

    41. Si los pelos se le caen a los lados de la cara, es calvicie anterior; es puro."

    42. Pero, si en la calva posterior o anterior apareciere llaga de color blanco rojizo, es lepra que ha salido en el occipucio o en el simpudo.

    43. El sacerdote le examinará, y si la llaga escamosa es de un blanco rojizo, como el de la lepra en la piel de la carne,

    44. es leproso; es impuro, e impuro le declarará el sacerdote, pues es leproso de la cabeza."

    45. El leproso, manchado de lepra, llevará rasgadas sus vestiduras, desnuda la cabeza, y cubrirá su barba, e irá clamando: “¡Inmundo, inmundo!”

    46. Todo el tiempo que le dure la lepra, será inmundo. Es impuro y habitará solo; fuera del campamento tendrá su morada."

    47. Si apareciere mancha de lepra en un vestido, sea de lana, sea de lino,

    48. o en hilo de trama o de urdimbre, o en una piel o un objeto cualquiera de cuero;"

    49. si la mancha es de color verdoso o rojizo, es plaga de lepra.

    50. Se la enseñará al sacerdote, quien después de examinar la mancha encerrará el objeto por siete días.

    51. El séptimo examinará de nuevo la mancha; si ésta se ha extendido sobre el vestido, el hilo de trama o de urdimbre, la piel u objeto de cuero, es plaga de lepra tenaz; la cosa es impura."

    52. Se quemará el vestido, el hilo de trama o de urdimbre, la piel o el objeto en que se halla la mancha, pues es lepra tenaz; el objeto será quemado al fuego."

    53. Pero si la mancha del vestido, de la urdimbre, de la trama o del objeto de cuero no se ha extendido,

    54. mandará lavar aquello en que apareció la lepra, y lo encerrará por otros siete días.

    55. Si después de lavado ve que la mancha no ha mudado de aspecto, aunque no haya cundido, es inmundo, y se quemará, porque está infectado en el reverso y en el anverso.

    56. Pero, si el sacerdote ve que después del lavado la parte manchada ha mudado de color, la arrancará del vestido o del cuero, de la urdimbre o de la trama;"

    57. y si después de esto se viera que en el vestido, o en la urdimbre, o en la trama, o en el objeto de cuero cunde todavía la mancha, se quemarán.

    58. Pero si después del lavado, en la urdimbre, o la trama, o el objeto de cuero, la mancha ha desaparecido, se lavará otra vez y será puro.

    59. Tal es la ley de la lepra del vestido, de lana o lino, de la urdimbre o de la trama y de todo objeto de cuero, para declararlos mundos o inmundos.