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    Deuteronomio 24 - Reina Valera 2004

    1. CUANDO alguno tomare mujer y se casare con ella, si no le agradare por haber hallado en ella alguna cosa vergonzosa, le escribirá carta de repudio, y se la entregará en su mano, y la despedirá de su casa.

    2. Y salida de su casa, podrá ir y casarse con otro hombre.

    3. Y si la aborreciere este último, y le escribiere carta de repudio, y se la entregare en su mano, y la despidiere de su casa; o si muriere el postrer hombre que la tomó para sí por mujer,

    4. No podrá su primer marido, que la despidió, volverla a tomar para que sea su mujer, después que fue amancillada; porque es abominación delante de Jehová, y no has de pervertir la tierra que Jehová tu Dios te da por heredad.

    5. Cuando alguno tomare mujer nueva, no saldrá a la guerra, ni en ninguna cosa se le ocupará; libre estará en su casa por un año, para alegrar a su mujer que tomó.

    6. No tomarás en prenda la muela de molino, ni la de abajo ni la de arriba: porque sería prendar la vida.

    7. Cuando fuere hallado alguno que haya hurtado persona de sus hermanos los hijos de Israel, y hubiere mercadeado con ella, o la hubiere vendido, el tal ladrón morirá, y quitarás el mal de en medio de ti.

    8. Guárdate de llaga de lepra, observando diligentemente, y haciendo según todo lo que os enseñaren los sacerdotes levitas: cuidaréis de hacer como les he mandado.

    9. Acuérdate de lo que hizo Jehová tu Dios a María en el camino, después que salisteis de Egipto.

    10. Cuando prestares alguna cosa a tu prójimo, no entrarás en su casa para tomarle prenda:

    11. Fuera estarás, y el hombre a quien prestaste, te sacará afuera la prenda.

    12. Y si fuere hombre pobre, no duermas con su prenda:

    13. Precisamente le devolverás la prenda cuando el sol se ponga, para que duerma en su ropa, y te bendiga: y te será justicia delante de Jehová tu Dios.

    14. No hagas agravio al jornalero pobre y menesteroso, así de tus hermanos como de tus extranjeros que están en tu tierra en tus ciudades:

    15. En su día le darás su jornal, y no se pondrá el sol sin dárselo: pues es pobre, y con él sustenta su vida; para que no clame contra ti a Jehová, y sea en ti pecado.

    16. Los padres no morirán por los hijos, ni los hijos por los padres; cada uno morirá por su pecado.

    17. No torcerás el derecho del peregrino y del huérfano; ni tomarás por prenda la ropa de la viuda:

    18. Mas acuérdate que fuiste siervo en Egipto, y de allí te rescató Jehová tu Dios: por tanto, yo te mando que hagas esto.

    19. Cuando segares tu mies en tu campo, y olvidares alguna gavilla en el campo, no volverás a tomarla: para el extranjero, para el huérfano, y para la viuda será; porque te bendiga Jehová tu Dios en toda obra de tus manos.

    20. Cuando sacudieres tus olivas, no recorrerás las ramas tras ti; para el extranjero, para el huérfano y para la viuda será.

    21. Cuando vendimiares tu viña, no rebuscarás tras ti: para el extranjero, para el huérfano, y para la viuda será.

    22. Y acuérdate que fuiste siervo en tierra de Egipto: por tanto, yo te mando que hagas esto.