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jueves, julio 18, 2024
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    Números 30 - Serafín de Ausejo 1975

    Ley de los votos

    1. Habló Moisés a los israelitas conforme a todo lo que Yahveh le había ordenado.

    2. Habló Moisés a los jefes de las tribus de los israelitas, diciéndoles: "Esto es lo que ha mandado Yahveh:

    3. si un hombre hace voto a Yahveh, o mediante juramento se impone a sí mismo una obligación, no violará su palabra; deberá cumplir todo lo que haya prometido.

    4. Si una mujer, en su juventud, mientras vive todavía en casa de su padre, hace un voto a Yahveh o se impone a sí misma una obligación:

    5. si su padre, al conocer el voto o la obligación con que ella se ha ligado, no objeta nada, todos sus votos son válidos y son asimismo válidas todas las obligaciones que se impuso.

    6. Pero si su padre, al enterarse, el día mismo en que lo sabe los desaprueba, serán nulos todos los votos y obligaciones que ella se impuso y Yahveh la eximirá de ellos, porque su padre los desaprobó.

    7. Si cuando se casa está ligada por algún voto u obligada por una palabra que salió por inadvertencia de su boca,

    8. y su marido, al enterarse, el día mismo en que lo supo no objetó nada, sus votos serán válidos, y serán asimismo válidas las obligaciones que se impuso.

    9. Pero si el marido, el día en que se enteró de ellos, los desaprueba, entonces él anula el voto que ella hizo y la obligación contraída con la palabra que salió irreflexivamente de su boca. Yahveh la eximirá de ellos.

    10. El voto de una viuda o repudiada, y todo compromiso con que ella se haya ligado, son válidos.

    11. Si una mujer ha hecho un voto en casa de su marido, o se ha ligado con una obligación bajo juramento,

    12. y su marido, al saberlo, no objetó nada ni lo desaprobó, todos sus votos serán válidos, y es válida asimismo la obligación contraída.

    13. Pero si su marido, el día en que se entera, lo anula, nada de cuanto salió de sus labios, votos u obligaciones, será válido; su marido los anuló y Yahveh la eximirá de ellos.

    14. El marido puede anular o ratificar todos los votos y juramentos con que ella se obliga a hacer penitencia.

    15. Pero si su marido no objeta nada durante dos días, ratifica todos los votos y obligaciones que pesan sobre ella; los ha convalidado con su silencio el día en que se enteró de ellos.

    16. Si después de algún tiempo de haberse enterado los invalida, llevará sobre sí el peso de la falta de su mujer".