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    Éxodo 22 - Versión Israelita Nazarena 2011

    Leyes sobre la restitución

    1. (21:37) Cuando alguien robe un buey o una oveja, y lo mate o lo venda, pagará cinco bueyes por el buey, y cuatro ovejas por la oveja.

    2. (22:1) Si al ladrón lo sorprenden forzando su entrada y lo matan a golpes, no hay culpa de asesinato en este caso.

    3. (22:2) Si ha salido ya el sol, hay culpa de asesinato en ese caso. Él tiene que hacer restitución; si no tiene los medios, será vendido por su robo.

    4. (3) Pero si lo que robó –sea buey, o asno, u oveja– se encuentra vivo en su poder, pagará el doble.

    5. (4) Cuando alguien suelte sus animales para que pasten en el terreno de otro, y permita así que se despoje un campo o una viña, debe hacer restitución por lo mejor de ese campo o viña.

    6. (5) Cuando alguien haga un fuego y este se extienda a las malezas, de manera que consuma el grano amontonado, o el que está en la espiga, o toda la siembra, el que comenzó el fuego debe hacer restitución.

    7. (6) Cuando alguien le dé dinero o valores a otro para que se los guarde, y los roban de la casa de la persona –si encuentran al ladrón, este pagará el doble;

    8. (7) si no encuentran al ladrón, el dueño de la casa depondrá delante de ha’Elohim que él no le ha puesto la mano encima a la propiedad del otro.

    9. (8) En toda acusación de apropiación ilegal –relativa a un buey, un asno, una oveja, un vestido, o a cualquier otra pérdida, en la que una parte alega: “Esta es”– el caso de ambas partes vendrá delante de ha’Elohim: aquel a quien Elohim declare culpable le pagará el doble al otro.

    10. (9) Cuando alguien le dé a otro un asno, un buey, una oveja, o cualquier otro animal para que se lo cuide, y se muera o resulte herido o se lo lleven sin que haya testigo,

    11. (10) un juramento delante de Yahweh decidirá entre los dos que uno no le echó mano a la propiedad del otro; el dueño debe aceptar eso, y no se hará restitución.

    12. (11) Pero si [el animal] se lo robaron, hará restitución a su dueño.

    13. (12) Si fue destrozado por las bestias, lo traerá como evidencia; no necesita reponer lo que han destrozado las bestias.

    14. (13) Cuando alguien le tome a otro [un animal] prestado y se le muera, o se le golpee, sin que el dueño esté con él, tiene que hacer restitución.

    15. (14) Si su dueño estaba con él, no se necesita hacer restitución; pero si era alquilado, tiene derecho a cobrar el alquiler.

    Leyes humanitarias

    16. (15) Si un hombre seduce a una virgen por la cual no se haya pagado el precio de esposa, y se acuesta con ella, tiene que hacerla su esposa mediante el pago del precio de esposa.

    17. (16) Si el padre de ella rehúsa dársela, aun así tiene que pesar plata de acuerdo al precio de esposa para vírgenes.

    18. (17) No tolerarás a una hechicera.

    19. (18) Al que se ayunte con una bestia se le dará muerte.

    20. (19) Cualquiera que sacrifique a un ha’elohim que no sea Yahweh solamente, será dedicado al exterminio.

    21. (20) No maltratarás ni oprimirás al extranjero, porque ustedes fueron extranjeros en la tierra de Mitsráyim.

    22. (21) No maltratarán a ninguna viuda ni huérfano.

    23. (22) Si ustedes los maltratan, yo escucharé su clamor tan pronto como clamen a mí,

    24. (23) y mi ira se encenderá y los pondré a ustedes a espada; y sus propias esposas quedarán viudas y sus hijos huérfanos.

    25. (24) Si le prestas dinero a los del pueblo, a los pobres entre ustedes, no actúes con ellos como un prestamista: no les exijas intereses.

    26. (25) Si tomas la ropa de tu prójimo como garantía, debes devolvérsela antes de que se ponga el sol;

    27. (26) es su única ropa, la única cobertura para su piel. ¿En qué otra cosa va a dormir? Por lo tanto, si él clama a mí, yo lo atenderé, pues soy compasivo.

    28. (27) No insultarás a los jueces, ni le echarás una maldición a un capitán de entre tu pueblo.

    29. (28) No retendrás lo mejor del primer producto de tus lagares. Me darás el primogénito de entre tus hijos.

    30. (29) Harás lo mismo con tu ganado y tus rebaños; siete días se quedará con su madre; al octavo día me lo darás.

    31. (30) Ustedes serán gente consagrada a mí: no deberán comer carne destrozada por bestias en el campo; se la echarán a los perros.